Una legislación secundaria que garantice el derecho al agua
En febrero de 2012 fue reformado el artículo 40 constitucional, en el cual se estableció de forma expresa el derecho de toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Para que este derecho pueda ser garantizado, se necesita un marco jurídico que facilite el establecimiento de metas concretas y la identificación de prioridades en las políticas públicas; las responsabilidades a nivel municipal, estatal y federal, así como de actores sociales y privados que estén relacionados con el tema.
Y es que en México existen alrededor de 9 millones de personas sin acceso a agua potable y 11 millones que no cuentan con servicios de alcantarillado. Esto coloca a dicha gente –que en su mayoría habita en zonas rurales– en una situación de 30 años de atraso con respecto al promedio nacional.
No obstante, el marco jurídico que se requiere, incluido desde febrero de 2012 en la Constitución, no ha sido plasmando en una Ley General de Aguas a pesar de que debió haberse expedido hace más de un año, pues así lo requirió al Congreso de la Unión el artículo tercero transitorio de la reforma constitucional en la materia.
Esto fue puntualizado en las Charlas sobre el derecho humano al agua, donde se presentaron dos reportes sobre la Implementación del Derecho Humano al Agua en México, elaborados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) y el Environmental Law Institute (ELI), realizados con el apoyo de la Fundación Tinker en el marco de un proyecto para contribuir a la instrumentación de este derecho constitucional a nivel federal y local.
Entre las recomendaciones del reporte sobre la Implementación del Derecho Humano al Agua en México se incluyen, establecer disposiciones que aseguren en todo el país la priorización de su abastecimiento para consumo personal y doméstico sobre cualquier otro uso.
El agua debe salubre y aceptable, sin microbios, parásitos y sustancias químicas o radiológicas; además, debe ser suficiente, el volumen mínimo de agua por persona que debería garantizarse, según la OMS, es de entre 50 y 100 litros.
Asimismo, el acceso al agua debe ser continuo y en condiciones de seguridad; su acceso debe darse a una distancia razonable –menos de un kilómetro– para que pueda se pueda llegar a ella en menos de 30 minutos. Igualmente, debe ser asequible, lo que implica que los usuarios paguen costos reales por los servicios de agua.
Dichas publicaciones incluyen, además, una reflexión escrita por el doctor Carlos Pérez Vázquez, coordinador de asesoría y derechos humanos de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
A decir de Gustavo Alanís Ortega, director del Cemda, el acceso de todas las personas al agua limpia, suficiente y segura ha sido reconocido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como un derecho humano independiente, considerado indispensable para la realización de otros derechos.
“Resulta fundamental que el Congreso expida la Ley General de Aguas, pues es lo que dará certeza jurídica a las acciones que el país requiere llevar a cabo para solucionar los problemas y rezagos que tenemos en esta materia», puntualizó.
Por su parte, Alejandra Rabasa, directora del programa interamericano del ELI, mencionó que las autoridades nacionales están obligadas a garantizar este derecho de manera inmediata.
Además, indicó que la desigualdad en el acceso al agua representa claramente la desigualdad social que impera en el país, por lo que es urgente contar con un marco jurídico que establezca prioridades para alinear políticas y presupuestos en los tres órdenes de gobierno y alcanzar la cobertura universal de estos servicios básicos, considerando también la conservación de los recursos naturales y la protección del medio ambiente.
La disparidad entre la distribución del agua, los impactos del cambio climático, la sobreexplotación y la contaminación de los acuíferos del País son algunos de los factores que amenazan la disponibilidad y la calidad del agua para el consumo humano.
Al respecto, en el evento se destacó el gran reto que enfrenta México para garantizar la sustentabilidad en el acceso a agua suficiente y segura para consumo en usos personales y domésticos.