Otorgan a Tribu Yaqui nuevo amparo a su favor concerniente al Acueducto Independencia
El pasado martes 12 de mayo, la Tribu Yaqui nuevamente salió victoriosa, pues el Juzgado Octavo de Distrito del estado de Sonora le otorgó un amparo que reitera la ilegalidad de los títulos de asignación emitidos por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) a favor del gobierno sonorense. Dicho amparo busca que las autoridades responsables otorguen el derecho fundamental de audiencia a la Tribu Yaqui, para que puedan ser revisados los títulos de asignación impugnados y den cumplimiento a los requerimientos del proceso, que involucran:
- Notificación a la Tribu Yaqui del inicio del procedimiento y sus consecuencias.
- Oportunidad de ofrecer y desahogar pruebas.
- Oportunidad para que los afectados puedan alegar lo que en su derecho convenga.
- El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas, fundando y motivando.
El Juez de Amparo aseveró en su sentencia que la autoridad responsable debe, al menos, analizar si los títulos de asignación fueron expedidos contraviniendo los términos y condiciones que las disposiciones de la materia exigen, verificando si la justificación y pruebas usadas para concretar esa asignación se apegan a la realidad; si el volumen asignado a la Comisión Estatal del Agua de Sonora es mayor al que anteriormente correspondía a otros concesionarios; si variaron o no los volúmenes de agua en la cuenca del río Yaqui, considerando que la autoridad responsable tomó como base un balance hídrico de 2007 para emitir la asignación reclamada; y para analizar cualquier otro elemento que sea relevante en la determinación de la expedición supuestamente legal de dichos títulos.
Lo anterior resulta crucial para la Tribu Yaqui, ya que la piedra angular de su lucha radica en que, debido al Acueducto Independencia, están sufriendo del despojo del vital líquido del Río Yaqui, poniendo en riesgo su sobrevivencia como pueblo nativo de México. Como consecuencia de la escasez de agua en el afluente, cada vez es más complicado que el pueblo Yaqui logre satisfacer sus necesidades en cuanto a consumo humano diario, así como para la producción de alimentos.
Si existiera voluntad política por parte del Estado mexicano para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos, el Acueducto Independencia suspendería su operación a la brevedad. El poder Ejecutivo, a través de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), está obligado a garantizar y respetar los derechos humanos de las comunidades que integran esta tribu.
Aunque este fallo constituye un avance importante en materia legal, referente a la lucha suscitada cinco años atrás por el pueblo Yaqui para hacer valer su derecho al agua y a un medio ambiente sano, es imperativo señalar que el poder Judicial nuevamente se ha concentrado en la forma, dejando de lado el punto medular sobre los derechos de la Tribu Yaqui como grupo indígena. Sin embargo, el amparo es sustancial al mostrar un elemento más que pone en evidencia las razones que hay detrás de su lucha legítima.